En la mañana del día de hoy, 05 de marzo de 2025, ha tenido lugar en la Dirección General de la Guardia Civil la Comisión de Normativa previa al Pleno del Consejo del día 27 de marzo de 2025, presidida por el Teniente General Jefe del Mando de Personal, a la que ha acudido el vocal en el Consejo por Independientes de la Guardia Civil (IGC).
En la misma se han tratado un total de SIETE normas diferentes y se han sometido a votación de cada una de ellas tras ser debatidas en el seno de la reunión.
1.Proyecto de modificación de la Orden PRA/215/2018, de 1 de marzo, por la que se regulan las funciones, facultades y cometidos de los empleos de suboficial mayor y de cabo mayor de la Guardia Civil.
El objetivo de este grupo de trabajo es actualizar la norma y se modifican los artículos 6 y artículo 12 donde se regulan respectivamente las facultades y cometidos de suboficial mayor y cabo mayor. En cuanto a despliegue de personal de estos empleos, tanto para Suboficial Mayor como para Cabo Mayor, se añaden a las Compañías al mando de personal de empleo de Comandante.
Con respecto, ya solo a los empleos de Cabo Mayor, se amplían también a los Subsectores de Tráfico.
Intervención de IGC en esta norma: En cuanto a nuestras observaciones, estamos conformes con la nueva redacción de los artículos 6 y 12, ya que es más sencilla y ordenada que lo anteriores, quedando más claros las facultades y cometidos de estos empleos.
Nuestra alegación final sobre esta norma es el compromiso de la Administración para que se lleve a cabo una concienciación de los respectivos Jefes de Unidad, sobre el contenido de la futura norma, al objeto de que las funciones asignadas a estos empleos, sean las exclusivamente regladas en la norma. Dicha labor puede ser llevado a cabo mediante un “Comunicando/Informando”, a través de las diferentes “Reuniones de Oficiales” y por último mediante una labor de seguimiento de sus cometidos y funciones. Ante esta intervención el Presidente de la Comisión ha dicho que se va a hacer esa labor de concienciación.
Nuestro voto al respecto es A FAVOR.
2. Proyecto de modificación de la Orden General número 37, de 30 de septiembre de 2021, por la que se establecen las instrucciones para la evaluación, calificación y clasificación del alumnado de la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias.
En cuanto a esta norma, la Administración ha comprobado que la evaluación de la asignatura “Prácticas en Unidades, del módulo Servicio Operativo” ha venido sufriendo un retraso, que conlleva que la publicación como Guardias Civiles y la adquisición de su primer destino como profesionales también se retrase, por lo que se pretende agilizar esta situación.
Para ello se ha modificado el artículo 12.2 para que el número de evaluaciones parciales pase a ser de un mínimo de cuatro, en lugar de la periocidad que había hasta ahora de cada 10 semanas.
Por otro lado, en el artículo 12.1, no se toca a la figura de Mentor, al tener que ser tomadas sus consideraciones por el evaluador.
Intervención de IGC en esta norma: Valoramos positivamente que se vuelva a tener en cuenta el trabajo llevado a cabo por el mentor y que sus valoraciones tengan que seguir tomadas en consideración por el personal evaluador.
IGC muestra su posición en contra del Informe Personal del Alumno (IPA), al considerar que es totalmente subjetivo, quedando a criterio libre del calificador, asimilándose a un IPECGUCI para Guardias Alumnos. No obstante, dicha calificación debería ser en todo caso la de menor valor de todas, siendo actualmente una de las mayores.
Por lo que nuestra postura es a favor de las modificaciones actuales para que la evaluación sea más ágil y en contra del IPA así como de su ponderación, por lo que nuestro voto en este momento no puede ser favorable.
Nuestro voto al respecto es RESERVA DE VOTO (hasta el Pleno)
3. Proyecto de modificación de la Orden General número 4, de 24 de abril de 2019, por la que se establecen las normas para la evaluación, calificación y clasificación de los alumnos de la enseñanza de formación para la incorporación a la escala de oficiales.
Se hace necesario la modificación de esta norma para incorporar los coeficientes de modulación que son de aplicación para este alumnado a partir del curso 2026/27 en la Academia de Oficiales de la Guardia Civil, como los afectados a la asignatura de Deontología Profesional, tras la introducción de la misma como consecuencia de la publicación de la Orden PJC/849/2024, de 8 de agosto, de implementación, evaluación y seguimiento del Código de Conducta del Personal de la Guardia Civil, ya que dispone la adaptación de los planes de estudios de la enseñanza de formación para la implementación del Código de Conducta en el sistema de enseñanza de la Guardia Civil.
Intervención de IGC en esta norma: Valoramos positivamente que la Administración haya cambiado su punto de vista con relación a las asignaturas que han sido reconocidos/convalidadas y vemos incluso favorable el que puedan asistir a aquellas sesiones complementarias o prácticas, dado que ellos mismos pueden aportar a sus compañeros. Sin embargo, solicitamos que la modificación de coeficientes de modulación de la asignatura de “Deontología Profesional” no sea a cargo del idioma de lengua inglesa sino del IPA, ya que en el caso de tener que minorar una asignatura, pedimos que sea la que es subjetiva o bien que tenga el menor valor de coeficiente modulable. Este es el motivo por el que nuestro voto actual no puede ser favorable.
Nuestro voto al respecto es RESERVA DE VOTO (hasta el Pleno).
4. Proyecto de modificación de la Orden General número 1, de 18 de enero de 2018, sobre el Sistema de Intervención Operativa (SIO) de la Guardia Civil.
En resumen, el personal que finalice su formación en la Academia de Oficiales y suboficiales, pasarán a estar habilitados para la realización de las funciones de la Orden General 1/2018, que el Sistema de Intervención Operativa (SIO) reconoce como propias para los Profesores o Instructores titulados de acuerdo con dicha norma.
Intervención de IGC en esta norma: Entendemos que el fin que se pretende con dicha medida, habida cuenta de la falta de personal formado como Profesor o Instructor para la realización de los cometidos que les son propios, pero consideramos que no es el camino a seguir, ya que lejos de valorar adecuadamente la importancia que tiene el Sistema de Intervención Operativa, con este medida se universaliza la capacidad de formación, pero con una menor preparación del personal docente, en un ámbito que como se ha dicho, se considera de vital importancia, y más cuando estamos viendo el aumento de agresiones a miembros del Cuerpo.
Esta asociación considera más oportuno que el personal que se dedique a difundir la formación relativa a esta materia, se especialice hasta el punto de dedicarse de forma exclusiva a ello, facilitando de esta forma su actualización continuación, en concordancia con las situaciones reales de tensión o de peligro con las que no nos podemos encontrar de manera cotidiana en la calle a día de hoy.
Hemos puesto el ejemplo del inglés, como si ahora habilitan a los alumnos de las academias de suboficiales y oficiales para impartir inglés, sería el mismo ejemplo. Se ha sacado una orden PCM de idiomas, donde para convalidar un perfil se requiere que el titulo tenga menos de un año y aun así se puede requerir de un examen de convalidación. Si para los idiomas ponen este requisito, ¿Por qué no se garantiza la actualización de conocimientos en esta materia?.
A mayores hemos indicado que el personal que tenga que impartir esta formación, tendrá que compartir la misma con sus obligaciones laborales, por lo que habrá situaciones que le impidan dar esa formación y se acabará buscando a un sustituto sin experiencia.
Además, hay que tener en cuenta la capacidad didáctica del personal que lo va a impartir y del grado de satisfacción por la materia a impartir, cuestiones estas muy importantes a la hora de interiorizar los contenidos y dar una formación de calidad. Estaríamos a favor de que se implemente esta formación para que todos los suboficiales salgan mejor preparados y puedan contribuir en su ámbito a incrementar la formación, pero que el peso de la formación SIO no recaiga en ellos, sino que se haga como hasta ahora se viene haciendo. Por todo ello, nuestro voto es en contra.
Nuestro voto al respecto es EN CONTRA.
5. Proyecto de Orden General de organización del Servicio de Psicología de la Guardia Civil.
Esta norma desarrolla la estructura, relaciones jerárquicas y funciones del Servicio de Psicología. La cuestión más discrepante es que no se posibilite que el personal titulado pueda ejercer, así como el hecho de que la Jefatura de Unidad (Coronel), pueda no ser titulado en psicología en el caso de Guardia Civil.
Intervención de IGC en esta norma: Echamos tremendamente en falta, que se facilite que el personal titulado, independientemente de su escala de pertenencia, pueda desarrollar funciones de psicólogo/a, impidiendo de esta forma aprovechar el talento existente, tal y como ocurre en el Servicio de Prevención, cuestión esta última que hace que no nos podamos posicionar de forma favorable en estos momentos.
Nuestro voto al respecto es ABSTENCIÓN.
6. Proyecto de Orden General de organización del Servicio de Sanidad de la Guardia Civil.
Esta norma desarrolla la estructura y funciones del Servicio de Sanidad, es un calco en muchas cuestiones de la Orden Ministerial. En algunos aspectos sería conveniente que se desarrollarán algunas cuestiones como la efectividad de las bajas (aunque es de la OM), para que las bajas de más de diez días van a ser complicada su validación.
Intervención de IGC en esta norma: Ya se expuso en el grupo de trabajo la necesidad de introducir, bien mediante el uso de referencias, bien mediante un despliegue de definiciones, desarrollar las referencias que pudieran generar más controversia por su posible interpretación. A pesar de ello nuestro voto es favorable.
Nuestro voto al respecto es A FAVOR.
7. Proyecto de Orden General, por la que se dictan disposiciones para la aplicación del Reglamento por el que se regulan los incentivos al rendimiento del personal de la Guardia Civil.
Por parte de la Administración se ha informado que esta Orden General desarrolla el reglamento, se va a la concreción con puestos de trabajo y cantidades. Es continuista con la norma anterior, mejora determinados aspectos, así como en las cuantías.
En este sentido, quieren recordar como ya se dijo en los grupos de trabajo, que el hecho de hacer una norma nueva no quiere decir que haya más dinero, estamos en un escenario de la oferta de empleo público, también está el real decreto de plantilla que incorpora cuadros de mandos de todos los empleos, incrementos de los puestos de reserva y sino aumenta el presupuesto de productividad, no se podría asumir ya que el dinero es el que es.
Nos han informado que han intentado que aumente el complemento de productividad, admitiendo el incremento de productividad para el personal en reserva, hasta ir cubriendo todas las plazas, si bien no se ha aumentado para el personal en activo.
Intervención de IGC en esta norma: En cuanto a esta norma queremos poner de manifiesto varias cuestiones que consideramos muy importantes, la primera es que los DF y DAS se pierden en caso de pasar a jubilado o en reserva, nosotros proponemos que se abonen como servicios extraordinarios. Consideramos que las modificaciones no son proporcionales entre todos los empleos, por lo que la diferencia, entre unos y otros sigue aumentando.
Otro tema fundamental es el reconocimiento del personal que realiza su jornada en horas festivas, nocturnas y días de especial significación, donde debería haber un aumento considerable de lo que se paga por estos días, defendiendo que esto debe ser independiente del empleo, ya que son horas efectivas.
Consideramos que estamos perdiendo la oportunidad de hacer una Orden General que ponga fin a estas injusticias, que reconozca la turnicidad y que abone los servicios extraordinarios conforme tienen otros cuerpos policiales, ya que nuestra función no es peor, haciendo diferencia de estos servicios entre nocturnos, festivos, ya que actualmente hay una “tarifa plana” para su abono.
Al igual que ocurre con el personal de investigación, que la compensación por las horas de disponibilidad es la misma independientemente de la hora y la fecha del año. Por todo ello, no podemos votar a favor de este borrador.
Hemos puesto sobre la mesa la diferencia salarial con CNP, ya que tenemos el mismo REAL DECRETO de retribuciones, pero sin embargo hacemos un mes más de trabajo que ellos al año, por lo que si tenemos que trabajar más para cubrir las necesidades del servicio, estas horas se deben retribuir.
También hemos indicado que ya que en la norma se establezca cuales van a ser los criterios de reparto si en algún momento no se puede garantizar el aumento de productividad para el personal en reserva, considerando que debería constar en la norma.
Nuestro voto al respecto es RESERVA DE VOTO (hasta el Pleno)
RUEGOS Y PREGUNTAS
En el apartado de ruegos y preguntas, por parte de Independientes de la Guardia Civil (IGC) se ha preguntado lo siguiente
1º Efectos sentencia que anula anterior Orden General de Incentivos al Rendimiento
IGC: Hemos preguntado por los efectos de la sentencia que anula la orden general de incentivos al rendimiento, ya que esta modificaba también la orden general de jornada y horario, como los DAS que se disfrutarán en la unidad donde se han generado, ya que actualmente hay un periodo entre una y otra norma, donde está técnicamente derogada.
Administración: Informa que la sentencia anula la orden general de incentivos, no las disposiciones y estas no han sido objeto de recurso, que técnicamente en el momento que la norma se cae, estas también, por eso ahora meten modificaciones en la norma de jornada y horario.
2º Reglamentos de jornada laboral y vacaciones
IGC: Hemos preguntado si ahora mismo está sobre la mesa la creación de un reglamento sobre jornada laboral y otro sobre vacaciones, permisos y licencias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la ley.
Administración: Nos ha informado que, agendado no, pero si que está en mente el desarrollar estos reglamentos.
Cualquier duda o aclaración que quieras hacer sobre esta cuestión, puedes hacerla en el correo electrónico tueresigc@igcprofesional.es.
En Madrid, a 05 de marzo de 2025