En el Boletín Oficial de la Guardia Civil del día de hoy, 26 de noviembre de 2024, se ha publicado la Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se amplía el plazo para el disfrute de las vacaciones y permisos por asuntos particulares para el periodo anual 2024 hasta el 30 de marzo de 2025.
El artículo 16 de la Orden General 11/2014 de Jornada y Horario regula lo correspondiente al descanso en días festivos y entre otras cuestiones dice lo siguiente: “Dicho descanso tendrá carácter de día deducible y se disfrutará con independencia del descanso semanal. Se disfrutará en las mismas fechas si las circunstancias del servicio lo permiten; en otro caso, en la misma semana que comprenda el día festivo. Si no fuera posible dentro de las dos semanas siguientes a la festividad considerada, y en todo caso, dentro del período anual del disfrute de vacaciones.”
Desde Independientes de la Guardia Civil (IGC), hemos remitido escrito para preguntar, debido a las interpretaciones que esta redacción puede provocar en relación a la Resolución del aumento de plazo para el disfrute de vacaciones y permisos particulares para el periodo anual del 2024, si es extensible también a los descansos festivos.
En Madrid, a 26 de noviembre de 2024