El día 07 de noviembre de 2024 a las 10:00 horas se ha celebrado en la sala de Conferencias de la Dirección General de la Guardia Civil, la tercera y última reunión del Grupo de Trabajo “Normativa de Destinos”, en la que ha participado un representante de esta Asociación, Independientes de la Guardia Civil (I.G.C.).
El objeto de este Grupo de Trabajo es llevar a cabo una actualización de la O.G. 12/2021, sobre provisión de destinos por concurso de méritos en la Guardia Civil, y completar el Anexo I de la O.G. 4/2018 por la que se desarrolla la estructura y el contenido de la Relación de Puestos Orgánicos (RPOU) de las Unidades de la Guardia Civil, que recoge las limitaciones por insuficiencia de condiciones psicofísicas o de facultades profesionales incompatibles con su ocupación en aplicación del artículo 39 de la Orden INT/359/2018, de 6 de abril.
1.- O.G. 12/2021, SOBRE PROVISIÓN DE DESTINOS POR CONCURSO DE MÉRITOS EN LA GUARDIA CIVIL.
a) Desde la Administración han sido aceptadas/valoradas las siguientes propuestas que hemos formulado.
i. TECNOLOGÍAS INFORMACIÓN TÉCNICA(TTIC). Se incorporan en el apartado 22.a) “Aptitudes y Especialidades (Enseñanza de Perfeccionamiento GC)” de la ficha núm. 04020103(TTIC-TENOLOGÍAS INFORMACIÓN TÉCNICA), los cursos de Informática “Básico Formación Ofimática” y “Avanzado Formación Ofimática”, con una puntuación de 0,75 y 3,00 respectivamente.
ii. Se incorpora el curso de Informática, “Curso Técnico TEIN(TTIC) con una puntuación de 15,00”, en el apartado 22.a) “Aptitudes y Especialidades (Enseñanza de Perfeccionamiento GC)”, de la ficha núm. 04020105(GATI-APOYO TECNOLOGÍAS INFORMACIÓN),
iii. MANDO INTERINO O ACCIDENTAL: La Administración tiene en cuenta nuestra aportación y valorarán si técnicamente se puede llevar a cabo, para que el personal que no tiene asignada de manera ordinaria, una Jefatura o segunda Jefatura, y tenga que asumir ésta de forma interina o accidental, le puntúe de una forma mayor que al titular, en todas las fichas donde se valore “Comandante de Puesto o Jefe de Unidad”, compensando de alguna manera el sobresfuerzo que tiene que asumir.
IV. CURSOS BAREMABLES: (Administradores SIGO; Básico Gestión Económica y Técnica; Superior Gestión Económica y Técnica; Auxiliar de Estadística Guardia Civil, etc.,)
Desde la Administración nos indican que va a estudiar nuestra propuesta y estudiar la forma para que todos los Guardias Civiles pueden acceder a realizar dichos cursos.
b) Así mismo, hemos defendido las siguientes observaciones ya debatidas en los grupos de trabajo anteriores, siendo algunas las siguientes:
i. ANTIGÜEDAD: Que en todas las fichas de méritos tenga la puntuación máxima, 25 puntos.
ii. INFORMES PERSONALES (IPECGUCI): Que sea eliminada o se reduzca sensiblemente, su puntuación.
iii. COMPETENCIAS DIGITALES: Que bareme en la totalidad de las fichas de méritos.
iv. JEFATURA DE COSTAS Y POLICÍA MARÍTIMA. Que no se minore la puntuación de idiomas extranjeros, ficha núm. 02060414.
v. SERVICIO DE PROTECCIÓN DE LA NATURALEZA (SEPRONA). Que no se eliminen los idiomas de francés y portugués en las fichas núm. 02080102, 02080103, 02080104, 02080201, 02080202 y 02080203
vi. SERVICIO CINOLÓGICO (SECIR)
-Puntuación excesiva de la titulación de “Diplomatura, Grado y Licenciatura de Magisterio” en ficha núm. 02030402.
–Que las titulaciones “Aptitud Pedagógica Suboficiales”, y “Diplomatura, Grado y licenciatura en Magisterio”, baremen con 100 puntos, en las fichas núm. 02030405 y 02030409, y sin embargo la “Licenciatura y Grados en Veterinaria” lo haga tan sólo, con 20 puntos, no nos parece congruente.
2.- ANEXO I DE LA O.G. 4/2018 POR LA QUE SE DESARROLLA LA ESTRUCTURA Y EL CONTENIDO DE LA RELACIÓN DE PUESTOS ORGÁNICOS DE LAS UNIDADES DE LA GUARDIA CIVIL
Hemos solicitado que desde la Administración se arbitre otro tipo de procedimiento que no perjudique a los Guardias Civiles que ocupan uno de los puestos de trabajo que resultan incompatibles con su ocupación, para cada una de las limitaciones por razones de insuficiencia de condiciones psicofísicas, en aplicación del artículo 39 de la Orden INT/26/2021, de 15 de enero, por la que se establecen las normas específicas para la clasificación y provisión de destinos en la Guardia Civil, el cual facilite su destino.
Consideramos que tiene que ser la Administración la que lleve a cabo la adaptación del puesto de trabajo del Guardia Civil, que tenga algún tipo de limitación y no condenarlo a pedir otra vacante que sea compatible con la limitación que tenga y que probablemente se encuentre fuera de la Comandancia y/o Zona en la que se encuentra destinado, forzándole a cambiar su residencia habitual, con las consecuencias profesionales y personales que ello conlleva.
Desde la Administración nos indican que éste ha sido el último Grupo de Trabajo de la “Normativa de Destinos”, remitiendo la documentación a la Comisión de Normativa, que tendrá lugar el próximo día 27 de noviembre de 2024.
Seguiremos trabajando por los derechos de todos y cada uno de los Guardias Civiles.
En Madrid, a 07 de noviembre de 2024