El día 23 de octubre de 2024 a las 10:00 horas tuvo lugar en la Dirección General de la Guardia Civil, la tercera reunión del Grupo de Trabajo “Orden General X/2025, de XX de XX, por la que se dictan disposiciones para la aplicación el Reglamento por el que se regulan los incentivos al rendimiento del Personal de la Guardia Civil”, a la que asistió un representante de esta Asociación, Independientes de la Guardia Civil (IGC).
PRINCIPALES NOVEDADES
MODIFICACIÓN denominación de la norma, cambio de estructura pasando de tener artículos a regularse mediante disposiciones y ampliando el número de anexos a VIII.
- SUBIDA de CVE de 2% Sargento/Sargento 1º, pasando a percibir 468 €
- INCLUSIÓN de los Jefes Unidad Aérea, Jefes de CCP/CCPA como potenciales perceptores de la EFM4.
- INCLUSIÓN de suboficiales mayores y cabos mayores como perceptores de la productividad EAD3 .11 (75%) en lugar de la EAD 5. 10 (65%) que venían percibiendo
- Personal que percibía ERG 1 pasa a percibir ERG 2 (23%), afectando principalmente entre otros a personal de Núcleos servicio, Unidad de música etc.
- AUMENTA porcentaje CVE de las siguientes productividades:
- EAD 4 del 69% al 70%
- EIP 4 del 73% al 74%
- ESO 2 del 69% al 70%
- OFICIALES perceptores de las productividades EFM 3. (10), EFM4 (5) y EFM5 (2.3) pasan a percibir EAD 3, EAD 4, EAD 5 en los porcentajes de CVE que a continuación se indican:
- EFM 3. (10) pasan a ser perceptores EAD3.12 (75%)
- EFM4 (5) pasan a ser perceptores EAD4.9 (70%)
- EFM5 (2.3) pasan a ser perceptores EAD5 .14.15
- MANTIENE alcance variable de las productividades ERG 3 y ERG 4. Modificando así la idea inicial de alcance 100% del anterior grupo de trabajo.
- CREACIÓN nueva EFA 4, afecta solo a funcionarios civiles de niveles 14 a 17.
- NUEVA ACEX 1 alcance variable, fijando importes de entre 50€ y 270€, dependiendo de la Unidad de encuadramiento y sobre la valoración del Jefe Unidad. Ejemplo: personal unidades periféricas de PJ podrán percibir un máximo de 100€ y un mínimo de 50€.
- ACEX 5 pasa a denominarse ACEX 3, ej: Capitanes Jefe de Compañía, Jefes de Unidades de prevención de riesgos laborales etc que se hagan cargo de más de una Unidad
- CREACIÓN del sistema de cálculo denominado ICRAES (Índice calificador para la retribución de actividades extraordinarias en el servicio) para la percepción productividad ACEX 2.
- INCLUSIÓN de la licencia formativa, afectando al personal de carrera o interino que obtenga plaza en otra administración, durante la realización del periodo formativo.
INTERVENCIÓN DE IGC
Se ha hecho hincapié en la necesidad reconocer la labor de los efectivos que realizan funciones operativas.
También se ha mencionado la necesidad de que las modificaciones que se introducen en algunas de las productividades no vayan en detrimento de las percepciones actuales, mencionando los supuestos de la Acex 1, donde se pretende darle un alcance variable.
Asimismo, hemos incidido en que se pretende incluir en las alegaciones que se presenten, la inclusión del personal del Cecorvigmar que desempeñe cometidos asimilables, en el régimen general, por ser el más adecuado al tipo de funciones que desempeñen.
Cualquier cuestión o aportación que quieras aportar, en el correo electrónico tueresigc@igcprofesional.es.
En Madrid, a 23 de octubre de 2024.