El día 22 de octubre de 2024 a las 10:00 horas se ha celebrado en la sala de Crisis de la Dirección General de la Guardia Civil, la segunda reunión del Grupo de Trabajo “Normativa de Destinos”, en la que ha participado un representante de esta Asociación, Independientes de la Guardia Civil (IGC).
El objeto de este Grupo de Trabajo es llevar a cabo una actualización de la O.G. 12/2021, sobre provisión de destinos por concurso de méritos en la Guardia Civil, y completar el Anexo I de la O.G. 4/2018 por la que se desarrolla la estructura y el contenido de la Relación de Puestos Orgánicos de las Unidades de la Guardia Civil, en donde se recogen las limitaciones por razones de insuficiencia de condiciones psicofísicas o de facultades profesionales que resultan incompatibles con su ocupación en aplicación del artículo 39 de la Orden INT/359/2018, de 6 de abril.
1.- O.G. 12/2021, SOBRE PROVISIÓN DE DESTINOS POR CONCURSO DE MÉRRITOS EN LA GUARDIA CIVIL, desde nuestra Asociación, Independientes de la Guardia Civil (I.G.C.), hemos defendido entre otras, las siguientes propuestas:
a) VIGENCIA FICHAS MÉRITOS. Se ha solicitado que haya un tiempo mínimo de vigencia de las fichas de méritos, para que no se esté introduciendo modificaciones de forma continua en las fichas de méritos, especialmente a la hora de dar de baja titulaciones, ya que genera incertidumbre de cara a qué formación/titulación es más o menos conveniente para realizar, y cuál es la motivación de darla de alta/baja. Que se puede buscar un ciclo temporal de vigencia al igual que existe en la Plantilla de la Guardia Civil.
b) ANTIGÜEDAD: Que pasen todas las fichas de méritos a tener la puntuación máxima, 25 puntos. Desde la Administración nos trasladan que se encuentra en estudio el poder subir la misma a un valor de 40 puntos, siendo necesario para ello un cambio normativo.
c) INFORMES PERSONALES (IPECGUCI): Hemos solicitado que se llevara a cabo una modificación de las fichas para que la evaluación del desempeño, a través de la puntuación contenida en los informes personales de calificación de los Guardias Civiles(IPECGUCI), sea eliminada o bien se reduzca sensiblemente, dado que se trata de una calificación a nuestro criterio de carácter subjetiva, y que en algunas fichas (ej. 02080202) tiene incluso mayor puntuación que el “Nivel Académico”(IPECGUCI, tiene 10 puntos y el nivel académico 5.0). Desde la Administración nos trasladan que no se contempla esta opción, dado que sería necesario modificar la normativa que regula los IPECGUCIs.
d) COMPETENCIAS DIGITALES: Consideramos que dicho curso debe ser incluido en la totalidad de las fichas de méritos de la presente Orden de Servicio, al estar especialmente incentivado por la Administración, y por su gran interés para el desarrollo de cualquier puesto de trabajo. Desde la Administración nos informan que todas las Unidades que lo consideraban de interés ya lo tienen en sus respectivas fichas, y que, si alguna más lo requiere en el futuro, se propondrá desde la Administración su inclusión.
e) MANDO INTERINO O ACCIDENTAL: Que el personal que no tiene asignada de manera ordinaria, una Jefatura o segunda Jefatura, y tenga que asumir ésta de forma interina o accidental, le puntúe de una forma mayor que al titular, en todas las fichas donde se valore “Comandante de Puesto o Jefe de Unidad”, compensando de alguna manera el sobresfuerzo que tiene que asumir. Desde la Administración nos trasladan que no es viable, dada la complejidad de dicha medida.
f) JEFATURA DE COSTAS Y POLICÍA MARÍTIMA
Hemos solicitado que en la ficha 02060414, “Mando/Plana Mayor” no se produzca una disminución de la puntuación de los idiomas extranjeros, pasando de 20.0 a 5.0 puntos. Desde la Administración nos indican que dicha Jefatura, tras haber estudiado esos perfiles ha considerado necesario llevar a cabo esa disminución.
g) SERVICIO DE PROTECCIÓN DE LA NATURALEZA (SEPRONA). Que no se produzca la eliminación de los idiomas de Francés y Portugués en varias de las fichas de la especialidad del Seprona (02080102, 02080103, 02080104, 02080201, 02080202 y 02080203), dado que España tiene frontera natural con los países de Portugal y Francia y son múltiples los servicios policiales conjuntos/transfronterizos, tanto con la Gendarmería Nacional Francesa como con la Guardia Nacional Republicana (GNR). Desde la Administración nos refieren que las fichas de méritos no son únicamente para las Unidades de Seprona que tienen frontera con Francia y/o Portugal, sino para todo el territorio nacional y que desde SEPRONA, han considerado que tienen que dejar de puntuar esos idiomas extranjeros.
h) SERVICIO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.
En relación a la creación de la ficha 03040404, Jefe Oficina Prevención, hemos solicitado que sea incorporado el Curso de Competencias Digitales, dentro del apartado del Art. 22.a) Aptitudes y Especialidades (Enseñanza de Perfeccionamiento GC) así como en las respectivas fichas PRL con números 03040401, 03040407.
Desde la Administración nos informan que aceptan nuestra propuesta, para la ficha de nueva creación núm. 03040404, Jefe Oficina Prevención y que trasladarán la misma, al citado servicio de PRL, por si consideran oportuno incluirlo en las restantes.
i) SERVICIO CINOLÓGICO (SECIR) Han sido varias las propuestas.
Hemos manifestado que podemos entender que en la ficha 02030402, “Teniente, Unidad Cinológica Central y/o Centro de Adiestramiento de Perros”, Puesto de Trabajo de Profesor, se incluya la “Diplomatura, Grado y Licenciatura de Magisterio”, aunque nos parece excesiva su puntuación con 90 puntos, dada la disparidad que encontramos en relación a las restantes fichas con función de Profesor, como pueden ser:
- Ficha 02030604 Comandante/Capitán/Teniente del Centro de Adiestramientos Específicos Montaña(CAEM), puesto de Trabajo de Profesor, la titulación de “Diplomatura, Grado y Licenciatura de Magisterio” puntúa 60 puntos.
- Ficha 02060317, Capitán del Servicio Marítimo, puesto de trabajo de Profesor, la titulación en Magisterio no puntúa.
- Ficha 02070302, Capitán/Teniente de la Escuela de Tráfico-Mérida(Badajoz), puesto de Trabajo de Profesor, la titulación en Magisterio no puntúa.
Desde la Administración nos participan que han informado a SECIR, por si quiere llevar a cabo alguna modificación.
Al mismo tiempo no vemos congruente que la ficha 02030401, Capitán Jefe de UCICE, función de Mando/Plana Mayor; y en la ficha 02030404 Comandante/Capitán Jefe Grupo Apoyo con función de Mando/Plana Mayor, no puntúa el Grado en Magisterio, pero sí lo hace el curso de “Aptitud Pedagógica Oficiales” en el apartado 22.a Aptitudes y especialidades (Enseñanza de Perfeccionamiento). Desde la Administración nos indican que han procedido a comunicárselo a SECIR.
Que en la ficha 02030405, con función de Mando/Plana Mayor no puntúa el Grado en “Magisterio” y sin embargo en ficha 02030407, del Centro de Adiestramiento de Perros, con función de Guía de Perros, puntúe tanto la “Aptitud Pedagógica Suboficiales”, como la Diplomatura, Grado y licenciatura en Magisterio, con un valor de 100 puntos, cuando sin embargo la “Licenciatura y Grados en Veterinaria” lo hace en 20 puntos. Desde la Administración nos comunican que lo han participado al SECIR.
Que en la ficha 02030409, del Centro de Adiestramiento de Perros/ Sección Aeropuerto/ Grupo Cinológico/Unidad Cinológica Central, con funciones de Guía de Perros y Jefe de Grupo Cinológico, puntúa tanto la “Aptitud Pedagógica Suboficiales”, como la “Diplomatura, Grado y licenciatura en Magisterio”, con un valor de 100 puntos, cuando la “Licenciatura y Grados en Veterinaria” lo hace en 20 puntos, siendo esta última una Titulación Universitaria que tiene un peso importante para acceder a la especialidad y con una carga lectiva de 300 ECTS. Desde la Administración nos informan que han dado traslado al SECIR.
Hemos solicitado que se tenga en cuenta la titulación “Licenciatura/Grado de Psicología” en las fichas del Servicio Cinológico, dado que, aunque la psicología se encarga del estudio del comportamiento humano, comparte aspectos básicos con los animales, como pueden ser la memoria, la motivación, la percepción, las emociones, la capacidad de aprender, etc. Desde la Administración nos informan que han dado curso al SECIR por si lo consideran oportuno.
Hemos solicitado que se incluyan los cursos impartidos por la Guardia Nacional Republicana(GNR):
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- Curso Cinotécnico de Seguridad, Intervención y Búsqueda (CCSIB)
- Curso Cinotécnico de Detección de Productos (CCDP) y
- Curso Cinotécnico de Búsqueda y Rescate (CCBS).
Desde la Administración nos trasladan que los mismos no son de interés para la Guardia Civil, por lo que no se contemplan.
j) CURSOS BAREMABLES:
Nos encontramos en las fichas de méritos, con diversos cursos como son:
(EF045-ADMINISTRADORES SIGO; EN002-BÁSICO GESTIÓN ECONÓMICA Y TÉCNICA; EN003-SUPERIOR GESTIÓN ECONÓMICA y TÉCNICA; ZZ030-AUXILIAR DE ESTADÍSTICA GUARDIA CIVIL, etc.,)
Muchos de estos cursos son baremables no tan solo en las Planas Mayores, en donde se llevan a cabo dichas funciones específicas, sino en múltiples fichas y cuando su realización queda condicionada a que los candidatos lleven a cabo dichos cometidos específicos, siendo excesivas.
- Curso Administrador Sigo puntúa en un total de 149 fichas.
- Curso Básico Gestión Económica y Técnica, 61 fichas y
- Curso Superior de Gestión Económica y Técnica en 59 fichas.
Al mismo tiempo no existe una posibilidad real de que todos los Guardias Civiles puedan optar a realizar dichos cursos en condiciones de igualdad, por lo que en muchas ocasiones, dichos méritos pasan a tener un componente muy importante de “libre designación”, toda vez que la realización de estos cursos no es por antigüedad, sino que los Guardias Civiles son excluidos por no desempeñar dichas funciones específicas.
Sirvan de ejemplos los siguientes:
- Ficha 02030409, Servicio Cinológico, en la que en el apartado 22.c) puntúan una serie de cursos impartidos por la Escuela Nacional de Protección Civil orientados al rescate, por lo que personal que tenga un can con otras funciones (seguridad, drogas), no puede realizarlo.
- Ficha 02090100 de Plana Mayor Comandancia/Cía./Scc. etc., en la que los cursos de Administradores Sigo; Curso de Gestión de Retribuciones de la Guardia Civil; Superior Gestión Económica y Técnica; Básico Gestión Económica y Técnica y Jornadas Técnicas Estadísticas, puntúan en los méritos de carácter específico de tipo profesional del art. 22.a)Aptitudes y especialidades(Enseñanza de Perfeccionamiento GC), pero que no todos los efectivos con esa función podrán hacerlo sino únicamente aquellos que desempeñan esa función específica (Sigo, Gestión Económica, etc.), sirva de ejemplo los siguientes:
- III Curso Alfil de Gestión Logística (Nivel Básico) 2024, en el cual los solicitantes no eran designados aspirantes por no estar en posesión de licencia que le habilitaba como usuario
- III Curso Alfil de Gestión Económica-Financiera (Nivel Básico) 2024, en el cual los solicitantes no eran designados aspirantes por no estar en posesión de licencia que le habilitaba como usuario.
Por todo ello desde nuestra formación, solicitamos que bien se hagan unas fichas específicas para estos puestos de trabajo a donde se orientan las citadas acciones formativas o bien que se eliminen de las fichas de méritos, todos aquellos cursos que no puedan ser realizados por la totalidad del personal destinado en puestos de trabajo con la función donde se encuentra la ficha
2.- ANEXO I DE LA O.G. 4/2018 POR LA QUE SE DESARROLLA LA ESTRUCTURA Y EL CONTENIDO DE LA RELACIÓN DE PUESTOS ORGÁNICOS DE LAS UNIDADES DE LA GUARDIA CIVIL
Hemos solicitado que desde la Administración se arbitre otro tipo de procedimiento para no perjudicar al personal que ocupa uno de los puestos de trabajo que resultan incompatibles con su ocupación, para cada una de las limitaciones por razones de insuficiencia de condiciones psicofísicas, en aplicación del artículo 39 de la Orden INT/26/2021, de 15 de enero, por la que se establecen las normas específicas para la clasificación y provisión de destinos en la Guardia Civil, el cual facilite su destino.
Desde esta Asociación Profesional, IGC, valoraremos muy positivamente todas las aportaciones e inquietudes que se nos remitan, al c.e. tueresigc@igcprofesional.es. quedando pendiente la recepción de la documentación definitiva para poder analizarla y formular nuestras alegaciones antes del próximo 04 de noviembre, quedando previsto el tercer y último grupo de trabajo el próximo día 07 de noviembre de 2024.
Seguiremos trabajando por los derechos de todos y cada uno de los Guardias Civiles.
En Sede Central, a 22 de octubre de 2024