Tal y como se adelantó en el documento informando publicado en la Intranet de fecha 8 de mayo de 2024, en las asignaciones ordinarias de los destinos que están pendientes de publicación, nos vamos a encontrar dos fechas distintas de efectividad.
Por un lado, está la fecha de efectividad del personal de acceso a la escala de cabos y guardias y por otro del personal que ya teniendo el empleo de Guardia Civil cambie de destino.
Con respecto a esta cuestión, hay que tener en cuenta lo que recoge la Orden General número 5 de 19 de mayo de 2005 de regulación de pabellones oficiales de la Guardia Civil, ya que el artículo 11 establece lo siguiente:
“Apartado 1: Todo peticionario podrá deducir su solicitud desde la fecha de publicación de su destino a la Unidad a la que está asignado el pabellón.
Apartado 3: En el supuesto de que en un mismo Boletín Oficial aparecieran varios destinos a la misma Unidad, los peticionarios de pabellón serán relacionados por empleo y, dentro de éste, por antigüedad, siempre que la solicitud se formule en el plazo de diez días desde la entrada en vigor de la Orden de destino.”
Por todo ello, desde Independientes de la Guardia Civil (IGC) y dada que la norma es clara, pero atendiendo a una única fecha de resolución de destinos, no dos como nos vamos a encontrar, instamos a que todo el personal que cambie de destino y quiera solicitar un pabellón, lo haga en el momento de la publicación de la resolución, ya que va a haber dos fechas de efectividad.
En caso de que haya cualquier problema a la hora de relacionar las peticiones entre personal con dos efectividades distintas, rogamos te pongas en contacto con nuestro servicio jurídico en juridico@igcprofesional.es, que estudiará el caso en particular para darte la mejor recomendación.
En Madrid, a 10 de junio de 2024