“GT INCENTIVOS AL RENDIMIENTO”
El día 22 de abril de 2024 a las 10:00 horas tuvo lugar en la Dirección General de la Guardia Civil, la tercera y última reunión del Grupo de Trabajo “Orden General X/2024, de XX de XX, por la que se desarrolla el Reglamento por el que se regulan los incentivos al rendimiento del Personal de la Guardia Civil”, a la que asistió un representante de esta Asociación, Independientes de la Guardia Civil (IGC).
PRINCIPALES NOVEDADES
- AUMENTO tope máximo ICRES de los 65 puntos actuales a los 70 puntos.
- DISMINUCIÓN del número de servicios combinados que debe realizar el personal perceptor de la productividad ESO 5 para percibir ESO 3, de los 12 servicios actuales a los diez servicios combinados. Afecta al personal del servicio cinologico.
- INCREMENTO CVE de los empleos de Sargento y Sargento 1º: pasaría a percibirse 468€
- INCLUSIÓN de los Jefes de la Unidad Aérea como perceptores de la EFM2.
- INCLUSIÓN de los Jefes CCP/CCPA como perceptores de la EFM4.
- AUMENTO de 5% porcentaje CVE de la ERG4 hasta el 40% (en grupo anterior se fijaba en un 35%, afecta a cabos del régimen general)
- FIJACIÓN de número máximo de DAS o DF de carácter retribuidos por periodo mensual (dos/mes).
- EXCEPCIONALMENTE se podrán disfrutar más de 2 descansos singularizados o festivos por periodo mensual.
- PERSONAL desempeñando funciones administrativas o de enseñanza (37,5 horas) podrá pasar a prestar servicio en régimen de 40 horas (periodos no inferiores a un mes) sin que sea necesario informe motivado de Jefe Unidad. Se requiere voluntariedad del interesado.
- INCLUSIÓN como perceptores de EAD3, para el personal que desempeña sus funciones en la oficina de protección de datos y personal de la Unidad Desarrollo y talento.
- INCLUSIÓN de personal de CECORVIGMAR (jornada semanal 40 horas) como potenciales perceptores de la EAD4.
- INCLUSIÓN como perceptores de EFM2, de Jefes de Grupo Central de investigación de la Agrupación de tráfico (GIAT), de las Unidades de Investigación de siniestros viales (UNIS), del ERAT y del DIRAT en el régimen especial de prestación del servicio (Anexo I orden General 11/2014).
- INCLUSIÓN como perceptores de EIP4, personal especialista de la Unidad de policía judicial de Zona y de la Sección de Policía Judicial de zona de Cataluña, oficiales incluidos.
- INCLUSIÓN de los oficiales como perceptores de EIP3 punto 1 y 2 respectivamente, modificando epígrafe del apartado Personal especialista del Servicio de criminalística y personal especialista de la Unidad técnica de policía Judicial, añadiendo el término oficiales incluidos.
- ESA 3 sin contenido.
(*) Algunas de las novedades arriba indicadas están supeditadas a la aprobación de la subida del 2% prevista para los funcionarios.
INTERVENCIÓN DEL REPRESENTANTE DE IGC
La intervención realizada por el representante de IGC se ha centrado en los siguientes extremos:
- Necesidad de que se regule en el presente grupo de trabajo los efectos retributivos que se desprenderían de la eliminación de los días de ausencia sin deducción de retribuciones (indispuestos).
- Se cuestiona si será necesaria voluntariedad para pasar a prestar servicio en jornada de 40 horas, para aquel personal con funciones administrativas o de enseñanza en régimen de 37,5 horas, respondiendo la administración que si debe ser una petición realizada por el personal.
- Necesidad de regular las percepciones económicas de los vocales del consejo de la guardia Civil, bien mediante una estructural propia o por inclusión directa en epígrafe percepción por actuaciones fuera de la jornada normal de servicio (esa es la idea base, pero el texto no lo recoge explícitamente, lo que a nuestro juicio pudiera dar lugar a erróneas interpretaciones).
- Se vuelve a interpelar sobre la necesidad de que las funciones de coordinador de servicio sean retribuidas, bien utilizando una vía similar a la de las sucesiones (por día) o bien mediante otro tipo de compensación económica que se considere adecuada. Es una cuestión que debiera recogerse en la presente norma, al entender que es la adecuada para su correcta regulación.
- Se solicita aumentar el importe de los DAS y DF retribuidos estableciendo cuantías diferenciadas en función de la consideración del día y horario en el que se presta.
- Se realiza consulta en relación a la renuncia de vacaciones. Se nos informa que es un proyecto piloto, sin que se nos faciliten datos concretos en relación a requisitos para percepción, fechas de puesta en marcha etc., al estarse desarrollando por parte de otro departamento.
En líneas generales se considera que parte de las medidas que se pretenden implementar serán sufragadas con el reingreso de conceptos no percibidos por los efectivos (se utiliza el presente ejemplo con la única finalidad de clarificar la idea anteriormente expuesta:
“La eliminación de los días de ausencia sin deducción de retribuciones, conllevara consecuencias económicas, que, sin entrar a valorar su afectación en términos de cuantía, generará un remanente económico que se incorpora o destinara a otros conceptos”, aunque se pretende desligar su relación con el presente grupo de trabajo la realidad es que secundariamente dicha decisión va a tener una incidencia económica y por lo tanto guarda interrelación con lo que se aquí se esta tratando).
Asimismo, se consideran insuficientes las modificaciones realizadas respecto al borrador anterior, por lo que se presentaran alegaciones al texto que nos ha sido presentado.
Finalmente, la administración ha agradecido el trabajo realizado por las asociaciones en el marco del grupo de trabajo.
En Sede Central, a 22 de abril de 2024.
Junta Nacional