Por parte de la Administración se nos ha presentado la versión GT5_V3 del proyecto de “DESCONEXIÓN DIGITAL”, informándonos de los cambios llevados a cabo, desde el último borrador presentado el pasado 05 de diciembre de 2023.
Novedades con respecto al borrador anterior
Por parte de la Administración, se han aceptado alguna de las alegaciones propuestas desde esta Asociación Profesional, como ha sido la eliminación en el artículo 4.1. Comunicaciones fuera del horario de servicio, del término “con carácter general”, el cual dada su ambigüedad, iba podía dar lugar a diferentes interpretaciones a la hora de llevar a cabo dichas instrucciones.
Así mismo también se ha plasmado otra de las propuestas realizadas desde esta Asociación, al introducir un artículo nuevo número 7. Situaciones particulares, donde se reflejan las comunicaciones al personal que se encuentra de baja médica, así como aquellas comunicaciones relacionadas con citaciones para asistir a actuaciones judiciales, y las cuales no se veían reflejadas anteriormente en los artículos referidos a “comunicaciones fuera del horario de servicio”, así como “comunicaciones durante el disfrute de vacaciones y permisos”.
Se ha eliminado de la norma, la posibilidad de contactar fuera de las horas de servicio, con el personal incluido en el régimen especial de prestación del servicio, por cualquier otro medio que no sea mediante llamada telefónica, lo cual podía suponer tener que estar pendiente de cualquier tipo de aplicación multiplataforma o de mensajería oficial.
No obstante, consideramos que en la norma no queda debidamente reflejado determinadas situaciones como son el disfrute de otras situaciones durante el disfrute de situaciones de descanso semanal (DS), descanso por día festivo (DF), descanso por superación de jornada (DSJ), debiendo regularse una diferenciación entre las situaciones de “sucesión” y/o “sustitución”.
También consideramos, que es necesario el dejar una constancia de forma documentada, de los motivos, detalles y circunstancias que han dado lugar a justificar y efectuar dicha comunicación y que se ajusta a los principios inspiradores de la Instrucción, de “necesidad, oportunidad y proporcionalidad”, al objeto de que las mismas puedan ser auditadas, pudiendo dar lugar a los correspondientes descansos compensatorios que correspondan según el régimen de prestación del servicio y la jornada de trabajo previsto para el servicio afectado.
El objetivo de las presentes Instrucciones debe ser garantizar un adecuado equilibrio entre el eficaz desempeño de las obligaciones profesionales y la conciliación de la vida familiar y laboral, siendo imprescindible para ello una máxima claridad y seguridad jurídica de la Instrucción, y teniendo en cuenta la realidad social y del momento en que la Guardia Civil desempeña sus funciones.
Por parte de Independientes de la Guardia Civil (IGC), procederemos al estudio en detalle del presente borrador, remitiendo las correspondientes alegaciones y propuestas antes del próximo día 30 de enero, estando previsto que la misma sea presentada ante la próxima reunión de comisión normativa.
Seguiremos trabajando por los derechos de todos y cada uno de los Guardias Civiles.
En Sede Central, a 25 de enero de 2024.
Junta Nacional