COMUNICADO GT REGLAMENTO DE INCENTIVOS AL RENDIMIENTO
En el día de hoy, jueves 02 de noviembre de 2023, un representante de Independientes de la Guardia Civil (IGC), ha acudido a la Dirección General de la Guardia Civil al grupo de trabajo en el que se trató la Orden Ministerial por la que se aprobarán los incentivos al rendimiento de la Guardia Civil.
Actualmente los incentivos al rendimiento en la Guardia General están regulados por una Orden General, concretamente la OG 4/2021, la cual ha sido anulada por sentencia del Tribunal de Justicia de Madrid número 213/2023 de 13 de marzo, al considerar que la normativa no tiene rango suficiente, si bien no es firme todavía porque está pendiente de un recurso de casación en el Tribunal Supremo.
Por todo ello y en el caso de que la sentencia del Tribunal Supremo, refrende esta sentencia, la Administración ha considerado que es necesario que haya una norma en la que poder ampararse, para que el personal de la Guardia Civil pueda seguir percibiendo estos incentivos.
Desde IGC queremos expresar nuestro malestar, ya que el pasado día 06 de junio de 2023 ya adelantamos un escrito con una pregunta para la Comisión Preparatoria del mes previa al Pleno del mes de junio, preguntando sobre las medidas que se iban a adoptar a raíz de esta sentencia, desde entonces el primer grupo de trabajo sobre esta materia ha sido hoy, donde se nos ha informado que no va haber más grupos de trabajo y que la intención es que llevar esta norma a la Comisión de Normativa del próximo 22 de noviembre.
En el borrador del Reglamento no se entra en materia concreta sobre las cuantías específicas, procedimiento de gestión, supervisión y control, procedimiento para la asignación y exclusión, etc, dejando la misma para una futura modificación de la actual Orden General de Incentivos al Rendimiento.
Lo que la Administración nos presenta es una norma con 14 artículos y una serie de disposiciones, donde se dan las líneas generales con respecto a la Orden General sobre definiciones, ámbito de aplicación, tipos de productividad, limitaciones y exclusiones, etc.
Como novedad, es que se incorpora la posibilidad de gratificar al personal por la cesión del derecho de disfrutar vacaciones en verano, de igual forma que se está realizando ahora con las gratificaciones de los DF y los DAS.
Por parte de Independientes de la Guardia Civil (IGC) hemos indicado que consideramos que todo el contenido de la Orden General se debe regular en esta Orden Ministerial, recordando lo que establece el apartado 4 del artículo 28 de la Ley de Derechos y Deberes de la Guardia Civil en cuanto al régimen de horario de servicio “Las compensaciones a que hubiera lugar por la modificación de la jornada de trabajo se determinarán reglamentariamente”.
Cualquier alegación y observación que quieras hacer nos la puedes hacer llegar a través de la cuenta de correo electrónico tueresigc@igcprofesional.es.
En Sede Central, a 2 de noviembre de 2023
Junta Nacional