En el día de hoy, martes 17 de octubre de 2023, un representante de Independientes de la Guardia Civil (IGC), ha acudido a la Dirección General de la Guardia Civil al grupo de trabajo por el que se va a modificar la Orden General número 1, de 22 de enero de 2016, por la que se regulan las vacaciones, permisos y licencias del personal de la Guardia Civil.
El objeto principal de este grupo de trabajo es adaptar a la Orden General de vacaciones, permisos y licencias, la Instrucción del Director General, del 21 de julio de 2023, por la que se aplicaba la modificación del Estatuto Básico del Empleado Público en materia de conciliación de la vida familiar y de la vida profesional, de los progenitores y los cuidadores, incorporada por el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio.
En lo que respecta a la Instrucción se nos ha presentado el mismo texto, sin que haya modificaciones nuevas que tengan previsto incorporar. La mayoría de las asociaciones representativas hemos hecho hincapié en los mismos puntos.
Por otra parte y al margen del contenido de la citada Instrucción, se pretenden abordar dos cambios nuevos y que a continuación pasamos a desarrollar.
Vacaciones en academias y centros de perfeccionamiento:
Al alumnado de enseñanza de perfeccionamiento o de altos estudios profesionales que cuenten con vacaciones escolares en el período de Navidad se le aplicará una disminución proporcional de 5 días en su crédito anual.
La Administración nos ha informado que realizado un cálculo de los días totales de vacaciones que se disfrutan en estas fechas, descontando los días festivos y los tres días del permiso de navidad, por lo que restarían 5 días hábiles, que son los que se descuentan del crédito del personal que se encuentre realizando esta formación.
El principal alumnado al que se le aplicaría esta medida, es el personal que tiene períodos largos de formación, por lo que inicialmente al que se encuentre realizando la formación para el acceso a la escala de suboficiales y oficiales, al del curso de montaña, el curso de Estado Mayor de las Fuerzas Armadas y el curso de Informática Militar.
Vacaciones no disfrutadas:
El objeto de esta modificación es para que el personal que cambie de situación administrativa, salvo en la situación de retiro, no pueda compensar sus vacaciones no disfrutadas con una indemnización. Informan que el problema que están observando es en la situación de reserva, donde se sigue estando vinculado al régimen de derechos y deberes de la Guardia Civil, se sigue percibiendo la nómina por la Institución y por lo tanto no habría un cese en la relación con la Administración.
Por parte de Independientes de la Guardia Civil (IGC) se ha puesto de manifiesto que de aplicar esta medida, se podría dar la situación que un Guardia Civil en activo que no haya disfrutado de sus vacaciones por estar de baja médico, pase a la situación de reserva en esta situación, por lo que no podría cobrar la indemnización por no haber disfrutado sus vacaciones, pese a no haber podido haberlo hecho antes.
OTRAS INTERVENCIONES DE IGC:
– Eliminación de la expresión “como máximo” en los permisos por fallecimiento, enfermedad, etc, al entender que es una limitación que no contemplan en la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
– Consideración de inhábiles los días de descanso semanal, del personal que esté en régimen de turnos.
– Ampliación del permiso por enfermedad grave, intervención, etc en casos graves a cargo del crédito de permiso, incluso que se pueda hacer del crédito del año siguiente.
– Permiso parental: Hemos solicitado su retribución y que se pueda pedir en períodos de verano, semana y navidad, aunque el cupo de vacaciones esté lleno, ya que es cuando más necesario va a ser adoptarlo por las vacaciones escolares de los menores.
– Asuntos particulares: Hemos solicitado que en la circunstancia de parto o situaciones de embarazo que no permitan la prestación del servicio acaben impidiendo que la mujer guardia civil disfrute, total o parcialmente los días de asuntos particulares en el período anual que le corresponde, se amplíe en el sentido de que el hombre también los pueda acumular en los del crédito del año siguiente. Sobre esta última cuestión se nos ha informado que era un tema que se había estudiado y que no se va aplicar debido que las situaciones de parto y embarazo afectan exclusivamente a la mujer.
– Solicitud vacaciones y permisos: Hemos solicitado que sea posible hacerlo desde MGP o bien desde un formulario que pueda ser cubierto desde la zona de la Intranet de la que se puede acceder desde cualquier dispositivo.
Cualquier alegación y observación que quieras hacer nos la puedes hacer llegar a través de la cuenta de correo electrónico tueresigc@igcprofesional.es.
En Sede Central, a 17 de octubre de 2023
Junta Nacional