IGC solicita información sobre la anotación de títulos en el expediente académico a los Guardias Alumnos y su cómputo para vacantes de méritos
En el boletín del 11 de abril de 2023 se anunciaron vacantes de concurso de méritos, para Guardias Civiles en situación de activo (Nivel 17).
La misma dispone que en aplicación del artículo 17.3 del Reglamento de Destinos del Personal de la Guardia Civil, podrán solicitar las vacantes que se publican, con carácter voluntario, el personal de nuevo acceso a la Escala de Cabos y Guardias, pertenecientes a la 127 Promoción de la Academia de Guardias de la Guardia Civil y a la 168 Promoción del Colegio de Guardias Jóvenes, sin que puedan pedir vacantes en anuente o forzoso, al no tener la consideración de destinable forzoso en la fecha de publicación.
El Real Decreto 470/2019, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de destinos del personal de la Guardia Civil regula en el artículo 9 los destinos de concurso de méritos y el epígrafe tercero dice lo siguiente “Los méritos profesionales y circunstancias personales objeto de valoración deberán estar reflejados en el historial profesional de los guardias civiles, de acuerdo con su regulación específica o, en su caso, en los ficheros de carácter personal en los que esté expresamente previsto”.
La Orden PCI/361/2019, de 20 de marzo, por la que se establece el modelo y las normas reguladoras del expediente académico del personal de la Guardia Civil establece la estructura y las características del expediente académico del personal del Cuerpo de la Guardia Civil y regula la declaración de interés de las distintas actividades formativas y su inscripción en el Registro de Actividades Formativas de Interés para la Guardia Civil.
Hemos tenido conocimiento que, tras enviar sus títulos para la anotación en el expediente académico, están recibiendo la respuesta de que no se procede a su grabación por no tener todavía el empleo de Guardia Civil, por lo tanto, quedan fuera del ámbito de aplicación de la Orden PCI/361/2019.
No obstante, la propia Orden PCI/361/2019, establece en el artículo 7 que serán objeto de anotación en el expediente académico, en el registro que les corresponda “a) Cuantas actividades formativas se cursen en el sistema de enseñanza de la Guardia Civil, así como otras organizadas o promovidas por la misma, incluyendo las pertinentes calificación académicas, en su caso.”
A modo de ejemplo en el boletín de fecha 3 de enero de 2023, se publicó la Resolución de la Jefatura de Enseñanza, por la que se convocaron pruebas para evaluar la competencia lingüística en los idiomas inglés y francés a celebrar durante el año 2023, estableciendo en el punto 2 que las pruebas podrán ser peticionadas por “Guardias Civiles Alumnos que se encuentren realizando el período de prácticas”.
Por todo ello, se ha enviado consulta a la DGGC para conocer donde son anotados los resultados de las pruebas de nivel de los idiomas SLP, si tal y como establece la Orden PCI/361/2019 deben ser objeto de anotación en el expediente académico y, por otro lado, para conocer si estos títulos SLP de los Guardias Alumnos están baremando para esta resolución de vacantes de méritos a la que se ha hecho referencia.
En Sede Central, a 25 de mayo de 2023
Junta Nacional