IGC APLAUDE LA PREDISPOSICION DE LA ADMINISTRACION A ABORDAR LA NORMATIVA PARA CLARIFICAR LAS FUNCIONES Y COMETIDOS DE PRIMERAS Y SEGUNDAS JEFATURAS, ASI COMO DIFERENCIAR LAS HORAS PRESENCIALES Y DISPONIBILIDAD DE ESTAS, PERO MUESTRA SU DESACUERDO CON SU REDACCION Y EL NO ACEPTAR UN GRUPO DE TRABAJO ESPECIFICO PARA ELLO
En su día mostramos nuestra preocupación ante el anuncio de la creación de las Segundas Jefaturas, ya que no existía, y tampoco lo hay a día de hoy, ninguna regulación normativa específica y clara que las defina, toda vez que la misma resulta necesaria, al afectar de lleno a cuestiones de conciliación familiar, jornada laboral o las ya mencionadas retribuciones, siendo además una cuestión que afecta a todos los guardias civiles, independientemente de la escala a la que pertenezcan (Oficiales, Suboficiales, o Cabos y Guardias). Entendemos que es una cuestión que se tiene que abordar a la mayor brevedad y de forma clarividente, y es por ello, que no vamos a cesar en nuestro empeño de que se atienda cuanto antes esta legítima demanda y que está afectando a numerosos asociados.
En IGC entendemos que al igual que está reconocido para los primeros jefes de Unidad, (33 horas presenciales y 7 de disponibilidad), se reconozcan horas de disponibilidad para el segundo comandante de puesto o segundo jefe de destacamento, asi como que se establezcan las sucesiones cuando éstas sean accidentales, además de que se regulen las funciones del segundo comandante de puesto y del segundo jefe de destacamento mediante una Orden General donde, de manera clara y concisa se especifiquen las distintas funciones y cometidos inherentes a su cargo, resaltando las funciones básicas para cuando no se ocupa especialidad, así como las de cada una de ellas dentro del Cuerpo y aquellas propias cuando este funcionario ocupe las segundas jefaturas de Unidad.
Nuestros asociados que ejercen de segundos jefes, mayoritariamente de los empleos de Sargento/1º y Cabo/1º, han mostrado su malestar con el hecho de tener que prestar 40 horas semanales de servicio, siendo todas presenciales y perdiendo los dias de descanso adicionales (DAS), a “tarifa plana” en nocturnos y festivos y todo por la módica cantidad de 240 € brutos, en concepto de compensación, lo que vienen siendo unos 200 €, líquidos a percibir, dependiendo del IRPF de cada uno.
Nuestra Asociación, ya en el mes de abril de este año, expreso la necesidad de acometer una específica regularización de las segundas jefaturas y en el pleno del Consejo del pasado mes de septiembre, volvimos a hacer, nuevamente, hincapié en tal necesidad, por lo que consideramos un gran éxito que por fin se hayan tenido en cuenta nuestras propuestas y la administracion haya decidido acometer nuestras iniciativas. Asi, en el pleno del Consejo del pasado día 15, la administracion se ha comprometido a dotar de horas de disponibilidad a los agentes que ocupan las segundas jefaturas, aunque mostramos nuestra disconformidad con el hecho de que no se haya creado un grupo de trabajo específico para abordar en el esta problemática y solapar tal disposición bajo el paraguas de otra norma bien distinta, además de con la redacción que aquella pretende imponer, votando asi EN CONTRA por la manera en la que lo quieren acometer.
INDEPENDIENTES DE LA GUARDIA CIVIL (IGC), como asociación profesional del Cuerpo muy sensibilizada con todo lo concerniente a los asuntos socio-laborales de nuestros asociados, se ofrece a aportar cuanto sea necesario para la confección de dicha Norma, para de esa forma mejorar la situación actual y la conciliación del personal que ejerce las funciones de segundos jefes, que, por otra parte, ha generado una discriminación con respecto a los primeros y creado cierta crispación, desazón y repulsa.
En Sede Central, a 20 de diciembre de 2022
Junta Nacional