IGC solicita tiempo de dedicación exclusiva para el período a distancia de los alumnos de la 127 promoción
Hemos tenido conocimiento a través del alumnado de la 127 promoción del acceso a la escala de Cabos y Guardias que, durante este año de prácticas en las Unidades iban a tener que realizar el período de formación a distancia sin tener jornadas de dedicación exclusiva para su estudio y preparación, salvo las correspondientes a las fechas de las tres evaluaciones trimestrales previstas.
Esta formación y todo lo que ello conlleva, la tienen que desarrollar a mayores de su servicio diario semanal, de jornadas semanales de 37,5 y 40 horas, en función de la Unidad en la que estén realizando las prácticas.
Todos somos conocedores que hay Unidades donde se dispone de más tiempo para estudiar que en otras, debido ello a la carga de trabajo, turnos, etc, por lo que se va a producir una disfunción en cuanto al rendimiento.
La Orden PCM/576/2021, de 9 de junio, por la que se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación y las normas de evaluación, progreso y permanencia en el centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Civil, establece en el artículo 11, apartado 1.c) “No se podrán superar las 35 horas lectivas semanales, salvo los periodos de prácticas en unidades, que se ajustarán al régimen de prestación del servicio regulado en la Guardia Civil”.
En cuanto a la duración, estructura y carga lectiva se establece en el artículo 9 apartado b) “Segundo curso académico, con una carga lectiva de 1275 horas, que se desarrollará a través del módulo de servicio Operativo”.
En lo que se refiere a la carga lectiva el artículo 11, apartado 1.b) dice “El segundo curso académico, a través del módulo de Servicio Operativo, se desarrollará en 40 semanas, equivalentes a 1020 horas, de prácticas en unidades de la Guardia Civil, incluyendo una enseñanza a distancia de 255 horas.”
A juicio de esta Asociación profesional, la norma de referencia que se está aplicando en los cursos de formación para el acceso a las Escalas de Suboficiales y Oficiales y que es la Orden PCI/349/2019, de 25 de marzo, sobre la Enseñanza de Perfeccionamiento y de Altos Estudios Profesionales en la Guardia Civil, no es de aplicación en este caso, precisamente el artículo 2 que regula el ámbito de aplicación establece “Esta norma será de aplicación a los guardias civiles que cursen enseñanzas de perfeccionamiento y de altos estudios profesionales en la estructura docente de la Guardia Civil, así como aquellos aspectos que les sean de aplicación en las actividades formativas que se desarrollen fuera de la Institución o en colaboración con otros organismos u organizaciones”.
Por otro lado, el artículo 2 de la Orden PCM/576/2021 establece “Será de aplicación al alumnado que curse el plan de estudios de la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil.”
Por todo ello entendemos que quedan al margen de la aplicación de la Orden PCI/349/2019 y más cuando no se trata de enseñanza de perfeccionamiento ni de altos estudios, por lo que no sería aplicable lo contemplado en el artículo 8 de la enseñanza a distancia y que dice lo siguiente:
“1. La Jefatura de Enseñanza adoptará las medidas necesarias para potenciar la enseñanza a distancia, siempre que sea posible, complementando ésta, cuando sea necesario, con periodos o fases de enseñanza presencial.
2.La carga lectiva que se materialice en esta modalidad será, en general, inferior a 1 ECTS o 10 horas por semana dependiendo de la unidad de medida de la carga lectiva utilizada. En el caso de que la carga lectiva sea igual o superior a 1 ECTS o 10 horas por semana, se concederán jornadas de servicio o fracciones de la misma, de dedicación exclusiva a la enseñanza que se curse bajo esa modalidad, en relación a la carga lectiva y características de la actividad formativa, según lo que se determine en la correspondiente convocatoria.”
Desde Independientes de la Guardia Civil (IGC) hemos solicitado a la Dirección General de la Guardia Civil que se establezca un tiempo de dedicación exclusiva para esta fase a distancia, a fin de poder conciliar de la mejor manera la formación de los/as futuros/as Guardias Civiles con su vida personal y familiar.
En Sede Central, a 23 de agosto de 2022
Junta Nacional