La sección Sexta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ha estimado el recurso interpuesto por nuestro departamento jurídico, concretamente a través del despacho López y Cardero abogados, contra una resolución de la Dirección General, en la que se desestimaba la solicitud formulada por nuestro socio, relativa al CES.
El Fallo es el siguiente: “ Que debemos ESTIMAR y ESTIMAMOS el presente recurso contencioso-administrativo número 771/2021 promovido por D. P.R.I. Procuradora de los Tribunales, actuando en representación de Don A.D.L. mayor de edad, Guardia Civil, contra la Resolución de fecha 30 de marzo de 2021, de la Dirección General de la Guardia Civil, notificada a esta parte en fecha 5 de abril de 2021, que desestima la solicitud formulada por el actor , en orden a pedir que se le reintegren las retribuciones que entiende injustamente detraídas (componente singular del complemento específico de los meses de diciembre de 2020 y enero y febrero de 2021); y debemos anular y anulamos la misma, reconociendo el derecho del recurrente a percibir el componente singular del complemento específico de los tres primeros meses desde su baja laboral el 13 de octubre de 2020 y si realmente ha estado de baja por enfermedad durante todo ese periodo de tiempo, es decir desde el 13 de octubre de 2020 hasta el 13 de enero de 2021 inclusive, y con los intereses legales desde que debió serle abonada esa cantidad o desde que incorrectamente se le haya detraído en los meses posteriores.
Con imposición de las costas procesales a la Administración con el límite de 400 euros.”
Desde el departamento jurídico os animamos a que tras hablar con vuestro delegado, cualquier duda o consulta nos la remitáis a juridico@igcprofesional.es , dónde estaremos encantados de asesoraros en cualquier procedimiento legal inherente a vuestro trabajo.
En Sede Central, a 29 de marzo de 2022
Junta Nacional