A las 11:30 horas del miércoles día 10 de Febrero del actual, ha tenido lugar vía telemática, Reunión del Grupo de Trabajo sobre Uso de Uniformidad de la Guardia Civil.
En la primera parte de la reunión se nos ha trasladado el Proyecto Normativo, y un breve resumen de los principales cambios que el mismo contiene entre los que se citan:
- Regulación de Tatuajes
- Uniformidad para las guardias civiles en período de gestación
- Regulación uso uniforme en redes sociales
- Regulación de procedimiento para destrucción
- Uniformidad obsoleta o en desuso.
- Prohibición de donar o vender a terceros uniformidad oficial.
La intervención del Representante de IGC se ha centrado principalmente en los siguientes extremos:
Articulo 3.2 (uniformidad, complementos) y 4.1 uso del uniforme.
Se ha solicitado se desarrolle o regule mediante un procedimiento la autorización para uso de complementos (fundas antihurto,linternas etc) y cinturones adquiridos por los propios agentes, en tanto en cuanto la administración no dote de una equipación policial operativa actual a sus agentes, recordándosele asimismo que IGC solicito en su momento dicha equipación y por el momento desde la DGGC no se han tomado acciones al respecto.
Se ha acogido asimismo como un avance la dotación de ropa para las guardias civiles en gestación, solicitando asimismo que se tuviera en cuenta la posibilidad de incluir en dicha dotación a compañeros que debido a enfermedad pudieran necesitar una adaptación de su Uniformidad. Además se le ha mencionado la posibilidad de que a través del crédito de puntos se pudieran solicitar uniformes infantiles para aquellos familiares que quisieran usarlos en actos institucionales de celebración.
El tercer punto en el que se ha centrado la intervención y para nosotros con el que mostramos nuestra principal discrepancia con la administración y así se lo hemos transmitido es el referente al uso de los tatuajes.
Desde IGC siempre nos hemos mostrado favorables a que nuestros agentes ejerciendo su libertad tengan tatuajes, entendiendo que la única limitación no debiera situarse en su tamaño, sino en velar porque no atenten contra los valores institucionales o de la Guardia Civil, animando a la Institución a que plantee una visión abierta sobre el tema, huyendo de los estereotipos. Y además, creemos que la Administración basa su regulación en estereotipos en base a lo siguiente: mientras se permite el uso de pendientes al personal femenino (al masculino no) obviando la problemática del uso de joyería en general en intervenciones operativas (cadenas, pulseras, anillos, etc…), la administración justifica su autorización en lo que denominan usos sociales, argumento que se cae por su propio peso por cuestiones obvias de seguridad, sin embargo ni a los tatuajes (no plantean problemas en intervención operativa), ni a los pendientes en personal masculino se les aplica el mismo rasero, no considerando su uso social a pesar de estar plenamente aceptado su uso en la sociedad actual.
Desde IGC no pretendemos generar polémica, ni entrar en debates estériles, pero sí creemos que es hora de derribar los muros de los estereotipos y basar la regulación interna en cuestiones de carácter operativo (en el caso de pendientes, joyería, pulseras, etc…) o en el caso de los tatuajes que se prohíban aquellos que atenten contra los valores constitucionales y de la Institución.
Seguiremos trabajando para que no se consolide esta involución en derechos.